Seminario web por Zoom - Programa de Parole de Biden (manteniendo unidas a las familias)

El 19 de agosto de 2024, el Departamento de Seguridad Nacional, Servicios de Ciudadanía e Inmigración comenzó a aceptar solicitudes en línea para el Programa de Parole de Biden “Manteniendo a las Familias Juntas”.

El 4 de septiembre de 2024, la abogada Pamela Peynado de Peynado Law Firm y el abogado Eric Adams de EA Law, LLC organizarán conjuntamente un seminario web gratuito a través de Zoom sobre este programa de libertad condicional. Haga clic en el enlace aquí para unirse.

EA Law, LLC recomienda llevar la siguiente evidencia a su consulta:

En el caso de los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, debe poder demostrar que:

  • Cónyuge inmigrante ingresó por última vez a los EE. UU. sin inspección ni admisión (porque de lo contrario, probablemente ya calificaría para un ajuste de estatus);

  • Cónyuge inmigrante ha estado presente de manera continua en los Estados Unidos desde el 17 de junio de 2014 (10 años antes de la fecha del anuncio);

  • Cónyuge inmigrante ya estaba legalmente casado con un ciudadano estadounidense (incluidos los cónyuges fallecidos) al 17 de junio de 2024 (la fecha del anuncio); y

  • Cónyuge inmigrante merece un ejercicio favorable de discreción (por ejemplo, evidencia de buen carácter moral, declaraciones de impuestos, cartas de recomendación, antecedentes penales, etc.).

En el caso de los hijastros de padres ciudadanos estadounidenses, debe poder demostrar que:

  • El hijastro inmigrante ingresó por última vez a los EE. UU. sin inspección ni admisión (porque de lo contrario probablemente ya calificaría para el ajuste de estatus);

  • Hijastro/a inmigrante ha estado presente de manera continua en los Estados Unidos desde el 17 de junio de 2024 (la fecha del anuncio);

  • Hijastro/a inmigrante tenía menos de 21 años el 17 de junio de 2024;

  • Hijastro/a inmigrante no estaba casado el 17 de junio de 2024;

  • Padre/madre inmigrante del hijastro estaba casado con el padrastro ciudadano estadounidense antes del cumpleaños número 18 del hijastro;

  • Padre/madre inmigrante del hijastro estaba casado con el padrastro ciudadano estadounidense antes del 17 de junio de 2024; y

  • Hijastro/a inmigrante merece un ejercicio favorable de discreción (p.ej., evidencia de buen carácter moral, declaraciones de impuestos, cartas de recomendación, antecedentes penales, etc.).

Además, consulte un resumen de las actualizaciones clave en la página de USCIS:

  • Para cada solicitud, USCIS determinará si se justifica la parole, basándose en un “beneficio público significativo o razones humanitarias urgentes”, y si el solicitante merece un “ejercicio favorable de discreción”, a la luz de sus antecedentes penales y de inmigración historial, verificación de antecedentes, investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública, y cualquier otra información relevante que USCIS considere adecuada.

  • La concesión de parole bajo este proceso será por tres años. Durante este período de tres años, los cónyuges de ciudadanos estadounidenses serán elegibles para solicitar el ajuste de estatus a residencia permanente.

  • Las estadías excedentes de la visa no serán elegibles para este programa de parole, pero probablemente aún califiquen para otro alivio migratorio (p.ej., ajuste de estatus).

  • Los solicitantes que se encuentran en proceso de deportación aún pueden solicitar la parole vigente ante el USCIS, siempre que califiquen bajo este proceso. Sin embargo, si el solicitante tiene prioridad de ejecución según las Directrices para la aplicación de la Ley de Inmigración Civil, emitidas por el Secretario Mayorkas en septiembre de 2021, será descalificado.

  • Si USCIS niega una solicitud de la parole, probablemente seguirán las Directrices de Mayorkas, mencionadas anteriormente, para determinar si deben colocar al solicitante en un proceso de deportación.

  • Los hijos no ciudadanos de un solicitante también pueden ser considerados para la parole vigente, si el niño está físicamente presente en los EE. UU. sin admisión/parole y es un “hijastro” del cónyuge ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024.

  • Para calificar como “hijastro” según la ley de inmigración, el niño no ciudadano debe estar soltero, tener menos de 21 años, y el matrimonio de su padre solicitante no ciudadano y su padrastro ciudadano estadounidense debe haber tenido lugar antes de que el niño cumpla 18 años.

  • Un solicitante que reciba una aprobación para la parole será inmediatamente elegible para solicitar un documento de autorización de empleo (EAD o permiso de trabajo) de USCIS bajo el código de categoría (c)(11).

Por último, quedan dudas sobre si los inmigrantes que están sujetos a motivos específicos de inadmisibilidad pueden presentar su solicitud o si la Ley de Protección del Estatuto Infantil (CSPA, por sus siglas en inglés) protegerá a los niños mayores de edad. Estos motivos de inadmisibilidad pueden/no incluir:

  • Ciertas condenas penales por delitos menores, incluido el fraude;

  • Órdenes de expulsión anteriores (órdenes ejecutadas y no ejecutadas); y

  • Procedimientos de expulsión pendientes (activos o cerrados administrativamente).

Si desea programar una cita para hablar con un abogado y ver si califica, haga clic aquí o en el enlace de cita a continuación.

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