Inmigración Familiar - Visas de Inmigrante y Tarjetas Verdes
Categorías de Visa Familiar
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Familiares Inmediatos
El cónyuge, el hijo soltero menor de 21 años o los padres de un ciudadano estadounidense pueden calificar para una visa de inmigrante como “pariente inmediato” de un ciudadano estadounidense.
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Sobreviviente de Violencia Doméstica
Si su ciudadano estadounidense o su cónyuge LPR abusó de usted, entonces sepa que no tiene que quedarse con ellos por temor a las consecuencias migratorias y, de hecho, podría calificar para la residencia permanente debido al abuso.
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Familia que Vive en el Extranjero
Los prometidos, parientes inmediatos y parientes de categoría de preferencia familiar pueden calificar para una visa familiar a través de la embajada o el consulado de los EE. UU. en su país de origen o en un país alternativo seguro en ciertas circunstancias a través del Centro Nacional de Visas (NVC).
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Visas de Preferencia Familiar
F1 - hijos e hijas solteros (de 21 años o más) de ciudadanos estadounidenses.
F2A - cónyuges e hijos (solteros y menores de 21 años) de LPR.
F2B - hijos e hijas solteros (de 21 años y mayores) de LPR.
F3 - hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.
F4 - hermanos y hermanas de Ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más).
Un “pariente inmediato” de un ciudadano estadounidense no está sujeto a las categorías de preferencia (límites anuales en la disponibilidad de visas para residencia permanente) y podría ser elegible para “ajustar su estatus” a residencia permanente legal en los EE. UU., dependiendo de las circunstancias.
Otros miembros de la familia (no los “parientes inmediatos”) están sujetos a las “categorías de preferencia” (límites anuales), por lo que es posible que tengan que esperar hasta que una visa esté disponible o esté “vigente” antes de poder ajustar su estatus en los EE. UU. o solicitarla. para una visa de inmigrante en un consulado de los Estados Unidos en el extranjero.